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Teletrabajo, entra en vigor


El Lunes 11 de Enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la federación un DECRETO por el que se reforma el artículo 311 y se adiciona el capítulo XII Bis de la Ley Federal del Trabajo en materia de TELETRABAJO y el entro en vigor el día de Martes 12 de enero de 2021.


Definición: El TELETRABAJO es una forma de organización laboral subordinada que

consiste en el desempeño de las actividades remuneradas, en lugares distintos al

establecimiento o establecimientos del patrón.

La persona trabajadora bajo la modalidad de teletrabajo será quien preste sus servicios personal, remunerado y subordinado en lugar distinto a las instalaciones de la empresa o fuente de trabajo del patrón y utilice las tecnologías de la información y la comunicación.


Aspectos importantes:


  • No será considerado teletrabajo aquel que se realice de forma ocasional o esporádica;
  • Las condiciones de trabajo se harán constar por escrito mediante un contrato;
  • Se deberá incluir el teletrabajo en el Reglamento Interior de Trabajo;


Obligaciones de los patrones:


  • Proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de os equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo, sillas ergonómicas, impresoras, entre otros;
  • Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo,incluyendo, en su caso, El pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad;
  • Respetar el derecho a la desconexión de las personas trabajadores en la modalidad de teletrabajo al término de la jornada laboral,
  • Inscribir a las personas en la modalidad de teletrabajo al régimen obligatorio de Seguridad Social;


Guía para la implementacion del Teletrabajo STPS: https://bit.ly/2LsvFMv





Nuestra Dirección

José Obregón 141
Contacto.sonora@integrarh.mx
Tel. (662) 216 7136

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